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Autoridades están obligadas a responder peticiones hechas en redes sociales: SCJN

Tras analizar la evolución que ha tenido el derecho de petición, la Primera Sala de la Suprema Corte determinó que la petición hecha a través de redes sociales a alguna autoridad debe de ser respondida, aun cuando la autoridad no haya previsto institucionalmente y dentro de la normatividad que regula su actuación a esa plataforma como una opción para dar respuesta a peticiones.

La controversia dio inicio cuando un usuario de Twitter en Guadalajara formuló tres peticiones al Ayuntamiento de Guadalajara y ante la falta de respuesta interpuso un amparo indirecto, argumentando la autoridad jalisciense que no se trataba de peticiones de carácter formal.

No obstante, el Juez de distrito había negado el amparo, por lo cual se interpuso la revisión, a lo cual la Primera Sala del máximo tribunal resolvió en el sentido de que dichas peticiones deben ser respondidas sin cumplen con lo previsto en el artículo 8 Constitucional (es decir que sean de forma pacífica y respetuosa).

Para que esto sea posible es necesario considerar que:

a) la respectiva autoridad sea titular de la cuenta a la que se formulan tales peticiones;
b) dicha autoridad haya habilitado normativa o institucionalmente el uso de esa red social como parte del ejercicio de su actuar oficial, aún si ello ocurre a partir de la práctica cotidiana;
c) existan indicios de que el uso que esa autoridad da a la plataforma es el de captar y, en su caso, responder peticiones, entre otros fines, y no sólo un uso mediático o de simple diálogo con los particulares y,
d) lo externado por el particular implique una genuina petición, más allá de un comentario u opinión.

No es la primera vez que la Corte se pronuncia sobre el uso de las redes sociales cuando en marzo de 2019 resolvió que bloquear usuarios en sus redes sociales vulneraba el derecho a la información.

Todo indica que en ambas resoluciones los ministros han considerado que si los funcionarios públicos están utilizando sus redes sociales como un medio para difundir información gubernamental , se debe entender que entonces es un canal de comunicación válido.

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Violeta Barbosa V.

Doctora en Derecho por la UMSH. Mamá, esposa, profesionista. Disfruto cada día y me siento profundamente comprometida con mi entorno.

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