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Corte se pronuncia en contra del matrimonio infantil

El Pleno de la Suprema Corte declaró inválidos decretos que dispensaban el matrimonio entre menores de edad.

Cabe destacar que en México según datos  del INEGI el número de niñas que contrajeron matrimonio entre el año 2000 y el 2015 es de poco más de 9,500,000 casos.

Los decretos 309 y 310 fueron expedidos por el Congreso de Aguascalientes en los que se reformaron diversos artículos del Código Civil del Estado. En los mismos se establecía la posibilidad de que un juez otorgara dispensa para que menores de 18 años pudieran contraer matrimonio.

La Comisión de Derechos Humanos presentó, ante esta situación, una acción de inconstitucionalidad por considerar que se violentaban los derechos de los menores de edad.

Finalmente el Pleno del máximo Tribuna de la Nación determinó que con la eliminación de la figura de la dispensa para contraer matrimonio, no se restringe el libre desarrollo de la personalidad de los menores, sino que por el contrario, se contribuye a garantizar con mayor seguridad ese derecho, y tampoco se viola el principio de progresividad de los derechos humanos, dado que se protege el interés superior del menor y el derecho al libre desarrollo de su personalidad, aunado a que existe la posibilidad de que éstos contraigan matrimonio una vez alcanzada la mayoría de edad.

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Violeta Barbosa V.

Doctora en Derecho por la UMSH. Mamá, esposa, profesionista. Disfruto cada día y me siento profundamente comprometida con mi entorno.

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