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¿Cuándo es inválido que te retengan la boleta de calificaciones?


En ocasiones, y sobre todo con la difícil situación económica que se ha generado a algunos papás con motivo de la pandemia, se han visto imposibilitados a seguir pagando en tiempo las colegiaturas en escuelas privadas y con ese motivo la institución retiene la boleta de calificaciones u otros documentos.

Sin embargo la 1ra. Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto que esto puede considerarse como un acto de autoridad y como tal puede ser objeto de amparo.

Se considera acto de autoridad si:

  • La escuela privada está legalmente habilitada para generar evaluaciones y disponer de las mismas.
  • Si de acuerdo con la legislación estatal puede validar los estudios de las personas, lo que se considera como un acto de autoridad, ya que es una función pública.

Al contratar una escuela privada, los papás se obligan al pago de la colegiatura a cambio de la prestación de un servicio, es decir la educación de sus hijos, por lo cual es válido que la escuela exija el pago si es que no se está cumpliendo cabalmente.

Sin embargo, si por esta situación se retienen boletas de evaluación o algún otro documento que impida a los menores recibir la educación básica se están violentando sus derechos y por lo tanto dicho acto deberá declararse inválido.

Lo anterior atiende al interés superior de los menores a recibir educación básica.

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Violeta Barbosa V.

Doctora en Derecho por la UMSH. Mamá, esposa, profesionista. Disfruto cada día y me siento profundamente comprometida con mi entorno.

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