Empresas pueden acordar pagos al IMSS en parcialidades

El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social difundió diversas disposiciones para “facilitar el correcto pago de las cuotas obrero-patronales”.

Entre las facilidades está la suscripción de un convenio para el pago en parcialidades de las cuotas del IMSS. “El importe inicial a cubrir será del 20 por ciento de la cuota patronal y del 100 por ciento de la obrera, el resto podrá diferirse hasta un máximo de 48 meses” informó el Instituto.

El monto convenido en pago a parcialidades no sufre ninguna modificación y al ser un pago recibido fuera de los plazos legales, genera actualización y recargos, sin embargo, “la tasa de interés por plazo mensual oscila entre 1.26 por ciento y 1.82 por ciento, en función del plazo elegido (12, 24 y más de 24 meses).

Para la forma del convenio el IMSS no equerirá ningún tipo de garantías  y de cubrir oportunamente los compromisos convenidos las multas pueden ser disminuidas.

Asimismo, se declararon como días inhábiles “para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2020” y hasta el tiempo que defina el Consejo Técnico del IMSS. 

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