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INAI “batea” petición de AMLO sobre datos de Loret

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de Datos Personales (INAI) rechazó la solicitud del presidente Andrés Manuel López Obrador de investigar los bienes y el origen de la riqueza del periodista Carlos Loret de Mola y de su familia.

La comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra, indicó que el organismo no cuenta con las facultades constitucionales ni legales para hacer la investigación solicitada por el mandatario, por lo que recomendó hacer la petición a otras dependencias.

“El INAI no cuenta con facultades constitucionales ni legales para realizar investigaciones como la solicitada. Lo que incluye, en el caso, requerir información a distintas entidades públicas como son el Servicio de Administración Tributaria, la Unidad de Inteligencia Financiera y registros públicos de la propiedad, entre otros. Por lo anterior, respetuosamente, le sugiero dirigir su solicitud de información a los sujetos obligados antes citados a efecto que, como primeros responsables, sean quienes puedan pronunciarse al respecto”, declaró.

Por ello, la comisionada recomendó a López Obrador pedir la información por medio de la página de transparencia.

Cabe recordar que López Obrador preguntó al INAI si en su calidad de ciudadano podría dar a conocer facturas y comprobantes de los ingresos del comunicador que le hicieron llegar ciudadanos, pero la comisionada Ibarra informó que los artículos sexto y 16 de la Constitución no lo permiten, pues dijo que cualquier autoridad mexicana debe proteger los datos personales que tenga en su posesión como consecuencia de sus atribuciones.

“El artículo sexto dice que la información que se refiere a la vida privada los datos personales serán protegidos en los términos y las excepciones que fijen las leyes. Artículo16 (establece que) toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales. Para dar a conocer datos personales, es necesario contar con el consentimiento previo de la persona en cuestión, el cual debe otorgarse de forma libre, específica e informada y -en algunos casos- de manera expresa”, detalló.

Finalmente, Ibarra dijo que un comprobante con requisitos fiscales, como las facturas, de una persona del ámbito privado, contiene información patrimonial, “cuya naturaleza tiene aparejado el derecho, la libre autodeterminación de su particular, con base en lo cual la decisión de hacerla publica es potestad de la persona que pertenecen esos datos personales”.

Con información de Contra Réplica.

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