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Jaime Escobedo, se quedó con las ganas

Jaime César Escobedo Rodríguez no tiene los años de servicio requeridos para gozar de la jubilación: Toño Zapata

Como último punto del orden del día fue sometido al pleno , el dictamen del expediente número I/068/LVIII, relativo a  la jubilación del extitular de USEBEQ. Ante ello el diputado Antonio Zapata, presidente de la Mesa Directiva de la LVIII Legislatura, expresó que el periodo de duración del cargo de diputado no puede ser considerado para efectos de la determinación de la base de años requeridos para adquirir el derecho a la jubilación, por lo tanto sostuvo: “el C. José Jaime César Escobedo Rodríguez no tiene los años de servicio requeridos para gozar de la jubilación, ya que es un hecho notorio que se desempeñó como diputado y no como trabajador sujeto a una subordinación”.

Por las razones expuestas, la jubilación solicitada que dotaría a Jaime Escobedo de casi $80 mil pesos mensuales, fue rechazado con 21 votos y cuatro ausencias. Ni los diputados integrantes de la comisión que votaron a favor del dictamen defendieron el mismo.

Se consideró que el trabajador no cumple con los requisitos de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro vigente al momento de la solicitud de la jubilación, en virtud de que el artículo 136 señala que tienen derecho a la jubilación los trabajadores con 30 años de servicio, y en el caso que ocupa no se pueden computar como tales, aquellos en que fungió como diputado.

Afirmó Toño Zapata que la antigüedad es producto de la suma de diversos periodos laborales por el solicitante y de un laudo emitido por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado, en los cuales son considerados dos periodos que abarcan del 26 de septiembre del 2000 al 4 de marzo del 2002, y del 26 de septiembre de 2006 al 25 de septiembre de 2009, en los cuales se desempeñó como diputado del Poder Legislativo.

Afirmó que es importante enfatizar el criterio que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido  en estos casos, que sostiene que los diputados son servidores públicos, pero no trabajadores sujetos a un elemento de subordinación, y por consiguiente, “solo es viable reconocerle -a Escobedo Rodríguez- una antigüedad de 23 años, cinco meses y cuatro días, lo que hace concluir que el solicitante no cumple con el tiempo requerido por la normatividad vigente, ni con la edad requerida para el otorgamiento del beneficio de la jubilación”.

Ante tales consideraciones y dado el sentido de la votación se rechazó el Pleno de la Legislatura rechazó el dictamen aprobado previamente en la Comisión de Trabajo y Previsión Social avalado por los diputados del PRI y PVEM Yolanda Josefina Rodríguez Otero y J. Jesús Llamas Contreras.

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