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La protección de datos personales frente a la Pandemia COVID-19

Desde que estalló la enfermedad infecciosa identificada como COVID-19 el pasado mes de diciembre de 2019 en Wuhan (China), su posterior propagación a nivel mundial y el subsecuente manejo de información por parte del sistema de salud (público y privado), han cobrado mayor relevancia las cuestiones relacionadas con la protección de datos personales sensibles.

Los hospitales y centros de atención médica tratan datos personales con la finalidad de identificar a una persona y poder registrarla en su sistema, información que es necesaria no sólo para el tratamiento médico sino también para que las instituciones gubernamentales cuenten con datos confiables respecto al comportamiento de dicha enfermedad y sus efectos en la población.

¿Cuáles son los datos que se consideran sensibles?

De acuerdo con el artículo 3, fracción VI, de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, los datos sensibles son “aquellos datos personales que afecten a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida puede dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste. En particular, se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente y futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas, preferencia sexual”, concepto que comparte sustancialmente la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

¿Qué datos personales pueden recabar estos organismos?

Los datos que recaben deben ser los necesarios, adecuados y relevantes en relación a las finalidades previstas en su Aviso de Privacidad, en este caso datos que permitan determinar las medidas necesarias y el tratamiento de la persona que presenta síntomas del virus o es positivo.

¿Qué tipo de datos me deben solicitar en una institución de salud (pública o privada) con relación al COVID-19?

Aquellos que sean adecuados, relevantes y estrictamente necesarios para detectar si se padece del virus y cumplir con la finalidad del  tratamiento, entre ellos si has viajado dentro o fuera del país; si padeces algunos de los síntomas del COVID-19; la existencia de algunas de las condiciones preexistentes que hacen más riesgosa la presencia del virus, o si has tenido contacto con alguna persona que esté en alguna de estas situaciones, entre otras.

¿Pueden hacer públicos mis datos en caso de ser positivo al COVID-19?

Es muy importante para el titular de los datos personales leer el Aviso de Privacidad de la persona o institución a la cual dará sus datos personales, ya que este es el documento en donde el responsable da a conocer qué datos recaba, para qué finalidad es y si realiza transferencia de sus datos personales a un tercero.

La ley de la materia establece que no se requerirá el consentimiento de dicho titular para realizar una transferencia de datos personales cuando sea necesaria para la prevención o el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamiento médico o la gestión de servicios sanitarios.

Tampoco se requerirá tal consentimiento cuando la transferencia sea legalmente exigida para la salvaguarda de un interés público, como  podría ser la necesidad de dar a conocer a la sociedad el número de casos confirmados.

En caso de ser positivo de COVID-19, ¿la institución de salud (pública o privada) puede usar mis datos personales sin mi consentimiento?

En principio no, por ser datos personales sensibles requiere de tu consentimiento expreso y por escrito, sin embargo hay excepciones, por ejemplo cuando el tratamiento de los datos sea indispensable para atención médica, la prevención, diagnóstico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamiento médicos o la gestión de servicios sanitarios, cuando no se esté en condiciones de otorgar dicho consentimiento o cuando exista una situación de emergencia que potencialmente pueda dañarte en tu persona.

Con información del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Opiniones y comentarios:     ramosroberto473@gmail.com

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Roberto Ramos Bonilla

Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Querétaro, abogado litigante y Presidente del Consejo Directivo de "Foro Ciudadano del Estado de Querétaro", A.C.

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