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¿Sabías que algunos gastos de tu pareja son deducibles?

No te esperes a que tengas que presentar tu declaración anual para ver que puedes deducir.

Las deducciones son una constante que tienes que llevar a cabo durante todo el ejercicio fiscal.

Como persona física a veces perdemos de vista algunas deducciones personales que podemos hacer como los gastos de nuestra pareja o de nuestros abuelos, padres o hijos.

Algunos de estos gastos son:

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición, es importante que tengan título legalmente expedido.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
  • Honorarios de Enfermería.
  • Análisis clínicos.
  • Prótesis y Aparatos de rehabilitación.
  • Lentes ópticos graduados.
  • Primas de seguros de gastos médicos, independientes o complementarios a los servicios de salud públicos.
  • Colegiaturas, no incluye inscripciones, ni reinscripciones y tienen un tope según el nivel de estudios.

Para que esto aplique es importante que el pago sea por transferencia y que pidas la factura electrónica correspondiente.

Por lo que a tus gastos corresponde puedes incluir también gastos que deriven de créditos hipotecarios (intereses) y también las aportaciones voluntarias a tu AFORE.

Los gastos funerarios también son deducciones personales y ojo en este caso no es necesario que el pago sea por medios electrónicos, pero si que pidas el comprobante fiscal correspondiente.

Así que ya sabes, no dejes para la presentación de tu declaración, lo que puedes deducir desde ahora.

Si quieres conocer a más detalle visita la página del SAT o bien consulta a tu contador.

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Violeta Barbosa V.

Doctora en Derecho por la UMSH. Mamá, esposa, profesionista. Disfruto cada día y me siento profundamente comprometida con mi entorno.

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