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Emite CNDH recomendaciones al IMSS por dos casos de violencia obstétrica

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos dirigió las Recomendaciones 41/2018 y 40/2018, respectivamente, al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social , Tuffic Miguel Ortega, por los casos de violencia obstétrica que se presentaron en el Hospital de Especialidades “Dr. Antonio Fraga Mouret” del Centro Médico Nacional “La Raza” y en el Hospital General de Zona de Medicina Familiar No. 1 en Chetumal, Quintana Ro.

En el primer caso, la omisión del personal médico del CMN “La Raza” en la expedición del certificado de muerte fetal provocó dilación de más de 21 meses para entregar el cuerpo a su padre, ya que la madre con 26 semanas de gestación falleció de neumonía atípica, lo que derivó en la pérdida de su hija, hecho ante el cual el padre autorizó la autopsia; sin embargo, no le fueron aclaradas sus dudas ni se le explicó el contenido del documento “autorización de estudio post mortem”.

Al concluir la necropsia, le notificaron que no se había extraído el producto de gestación a su esposa. Mes y medio después, personal médico del hospital le informó vía telefónica que el producto de la gestación sí había sido extraído y que era necesario que acudiera por el cuerpo de manera inmediata.

Por tal situación, el agraviado presentó una queja ante este Organismo Nacional en la que expuso los hechos, lo que generó la integración de dos expedientes de queja para el esclarecimiento de las circunstancias, y tras su investigación, la CNDH acreditó la violación al derecho de trato digno e información veraz y oportuna, de seguridad jurídica en agravio de la víctima, y la falta de respeto y consideración del producto de la gestación, atribuible al personal médico del Hospital “La Raza”.

Tras analizar las evidencias del segundo caso, la CNDH acreditó violaciones a derechos humanos a la protección a la salud, así como afectación y pérdida del producto de la gestación, a la integridad personal, a la libertad y autonomía reproductiva, a una vida libre de violencia obstétrica, al acceso a la información en materia de salud y al acceso a la justicia en su modalidad de procuración, atribuibles a las personas servidoras públicas de ambas dependencias.

Las omisiones en que incurrieron las personas servidoras que atendieron a la víctima durante su control prenatal, condicionaron las complicaciones que presentó en el último mes de su embarazo, aunado a que el personal médico del área de ginecobstetricia omitió realizarle una cesárea desde su ingreso para resguardar el binomio materno fetal, lo que ocasionó que presentara desprendimiento prematuro de placenta y la subsecuente pérdida del producto de la gestación por trabajo de parto prolongado.

Por lo anterior, la CNDH recomendó al Director General del IMSS reparar de manera integral los daños a las víctimas de ambos casos, conforme a la Ley General de Víctimas, que incluya compensación justa y suficiente, así como atención psicológica y tanatológica; así como, sean inscritos en el Registro Nacional de Víctimas.

Entre otras medidas, la CNDH recomendó que se diseñe e imparta capacitación al personal médico y de enfermería del Hospital General 1 sobre derechos humanos, “mala praxis”, emergencias obstétricas, responsabilidad

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Gabriel Morales López

Periodista, académico y empresario | Llevo trabajando en la web desde 1998 | Master en Periodismo por El Mundo y Universidad San Pablo CEU, becario de la Fundación Carolina 2005-2006. | Sígueme en LinkedIn.

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