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Error de un anestesiólogo ocasionó discapacidad en un menor; DDHQ emite recomendación

Una negligencia médica durante una cirugía practicada el 6 de agosto de 2017 le ocasionó a un menor de edad un deterioro neurológico permanente y discapacidad motriz severa. 

El menor fue atendido en el Hospital de Especialidades del Niño y la Mujer de Querétaro por una apendicitis. 

Por dicho diagnóstico, personal médico le indicó a los padres que se requería una intervención quirúrgica por lo que autorizaron el procedimiento. 

Tras unas horas sin información sobre el estado de salud del menor agraviado, durante la noche les fue notificado que pasaría a terapia intensiva en virtud de que su cerebro se había inflamado y necesitaba ser observado en un área especial.

Al día siguiente, de acuerdo con el testimonio de la madre, los padres fueron informados por médicos de la institución que su hijo tenía que estar unos días en coma, pues no les había gustado su reacción después de haber despertado de la cirugía. 

Tras salir del coma inducido, los médicos informaron a los padres que su hijo había perdido varias funciones de su cuerpo, entre ellas la vista y el habla, además de que no escuchaba y no reaccionaba; ello derivado de un paro cardiorrespiratorio de 3 a 5 minutos que tuvo previo a su intervención quirúrgica.

Tras más de un mes en el hospital y una segunda intervención quirúrgica, el menor de edad agraviado fue dado de alta con una hoja de referencia sin control alguno y sin tratamiento neurológico, de acuerdo con el testimonio de su madre.

El personal médico únicamente les informó que con esa hoja los aceptarían para seguir su rehabilitación, sin especificar dónde.

De acuerdo con su Certificado Médico de Discapacidad, el menor de edad “presenta un grado severo de discapacidad por causa de isquemia/anoxia por paro cardiorrespiratorio con diagnóstico cuadriparesia por encefalopatía hipóxico – isquémica”.

En la investigación de los hechos, la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro solicitó una opinión técnica-médica a la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Querétaro (CAMEQ), en la que se concluye que el médico anestesiólogo “no cumplió con sus obligaciones de medios al ser negligente, falto de pericia e imprudente previo al procedimiento quirúrgico del agraviado”.

Además, la Defensoría solicitó un Dictamen Pericial independiente realizado por un Perito en Medicina y Pediatría acreditado ante el Consejo de la Judicatura Federal, en el que se concluye que “el agraviado presentó una complicación dentro de quirófano, previamente a que iniciara la cirugía, durante la fase de intubación, sedación y adaptación a la ventilación mecánica, condicionándole una encefalopatía hipóxico isquémica y secundariamente como secuela un deterioro neurológico permanente”.

Tras completar la investigación con diversas entrevistas e informes rendidos por la autoridad responsable, y una vez valorados los indicios recabados, la DDHQ concluyó que le fueron violentados los derechos humanos antes mencionados al menor de edad agraviado,. 

Por ello, la Defensora emitió una recomendación al Hospital de Especialidades del Niño y la Mujer “Dr. Felipe Núñez Lara” que incluye registrar al menor y sus padres en el Registro Estatal de Víctimas, en un plazo que no exceda de 45 días naturales. 

Con esta medida se busca que tengan acceso a los derechos, garantías, acciones, mecanismos y procedimientos establecidos en la Ley General de Víctimas y demás disposiciones aplicables.

La DDH solicita al Hospital que el menor de edad agraviado reciba el tratamiento médico y de rehabilitación necesario con motivo de la discapacidad motriz que se le ocasionó durante su estancia en dicho nosocomio. 

También que se les brinde atención psicológica especializada, la cual se prestará atendiendo a su edad, de forma continua hasta que alcancen su sanación física, psíquica y emocional por la afectación a la salud de su hijo.

En el plano jurídico, la recomendación pide iniciar los procedimientos de carácter administrativo por las acciones y omisiones violatorias de derechos humanos  para deslindar las responsabilidades a que hubiere lugar.

Asimismo, la DDH recomendó implementar capacitaciones al personal médico y de enfermería en materia de derechos humanos, de forma específica, sobre el derecho a la protección de la salud, el principio del interés superior de la niñez, el derecho de información en la salud y sobre el adecuado llenado del expediente clínico.

Una vez recibido el documento, la autoridad responsable tiene 15 días naturales notificar al órgano protector de los derechos humanos si aceptan los términos de las recomendaciones emitidas.

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