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Proceden 170 solicitudes de inscripción a Lista Nominal para voto de personas en prisión preventiva

Del 6 al 20 de mayo ejercerían su voto anticipado

El Instituto Nacional Electoral (INE) en Querétaro determinó que de las 216 solicitudes recibidas durante el mes de enero para la inscripción en la Lista Nominal para el voto de las personas en prisión preventiva, 170 solicitudes resultaron procedentes.

Lo anterior, de acuerdo con los lineamientos aprobados por el Consejo General del INE para la conformación de la Lista Nominal de Electores en Prisión Preventiva para este Proceso Electoral Federal, en coordinación con la Comisión Estatal del Sistema Penitenciario de Querétaro (CESPQ).

Destacó que en el primer mes del año se procedió a realizar una primera verificación en la base de datos del Padrón Electoral Nacional, de los 216 registros de personas que inicialmente tuvieron interés en participar.

Como resultado de esa primera verificación, el personal del INE con autorización de la CESPQ y cumpliendo los protocolos de seguridad establecidos, acudió a los cuatro centros penitenciarios de la entidad para recabar la firma de autorización de inscripción a la Lista Nominal de Electores.

En el caso particular de 12 personas que no fueron localizadas en las bases de datos que resguarda este Institutos se les invitó a inscribirse al Padrón Electoral.

Como resultado de estas actividades y después de haber realizado una segunda verificación de la situación jurídica de las solicitudes presentadas, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del INE determinó como procedentes 170 solicitudes.

Por lo anterior, del 6 al 13 de marzo de 2024 se notificó a las personas en prisión preventiva sobe dicha resolución.

Una vez que concluya el plazo de observaciones que los partidos políticos hagan en la integración de los listados nominales, se procederá a su impresión definitiva; con ello se garantizará que del 6 al 20 de mayo ejerzan de manera anticipada el derecho al voto a las personas en prisión preventiva, por el mandato jurisdiccional que salvaguarda del principio de presunción de inocencia.

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